De acuerdo con el artículo 3 de la Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios, cada Estado miembro establecerá un Plan Nacional de Renovación de Edificios para garantizar la renovación de sus parques nacionales de edificios residenciales y no residenciales, tanto públicos como privados, transformándolos en parques inmobiliarios con alta eficiencia energética y descarbonizados a más tardar en 2050, con el objetivo de transformar los edificios existentes en edificios de cero emisiones.

El borrador del Plan Nacional de Renovación de los Edificios incluye:

  • visión general del parque inmobiliario nacional, de las barreras y deficiencias del mercado, de las capacidades de los sectores de la construcción, eficiencia energética y energías renovables y del porcentaje de hogares vulnerables,
  • hoja de ruta con objetivos e indicadores de progreso, que incluya la reducción del número de personas afectadas por la pobreza energética, con vistas a alcanzar el objetivo de neutralidad climática a más tardar en 2050,
  • políticas y medidas puestas en ejecución y previstas para la aplicación de la hoja de ruta,
  • necesidades de inversión, fuentes y medidas de financiación y recursos administrativos para su implementación,
  • umbrales para las emisiones de gases de efecto invernadero operativas y la demanda anual de energía primaria de un edificio de cero emisiones nuevo o renovado,
  • normas mínimas de eficiencia energética para edificios no residenciales,
  • trayectoria nacional para la renovación del parque de edificios residenciales,
  • estimación del ahorro energético y otros beneficios.

De acuerdo con el artículo 3.4 de la Directiva (UE) 2024/1275 cada Estado miembro llevará a cabo una consulta pública sobre su Plan Nacional de Renovación de los Edificios antes de presentarlo a la Comisión. En la consulta pública participarán, en particular, las autoridades locales y regionales y otros interlocutores socioeconómicos, incluidos la sociedad civil y los organismos que trabajan con hogares vulnerables. En cumplimiento de esta previsión, enmarcado dentro del proyecto ARCE 2050. Arquitectura Cero Emisiones, y con el objetivo de recabar las aportaciones de los distintos agentes, se plantea la siguiente audiencia e información pública:

Borrador del Plan Nacional de Renovación de los Edificios

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que lo consideren conveniente pueden hacer llegar sus observaciones sobre esta iniciativa sometida a audiencia e información pública hasta el día 13 de diciembre de 2025 a través del siguiente formulario:

Formulario

Para que las opiniones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma sean tenidas en cuenta, serán necesarios los datos de identificación y contacto de la persona física o jurídica que las emita. En el proceso de elaboración de la norma no se considerarán, por tanto, sugerencias u observaciones anónimas. De otro lado, se reitera que tampoco serán tenidas en consideración cuantas sugerencias u observaciones no guarden relación directa con la solución de los problemas y la consecución de los objetivos que la futura norma persigue.

https://www.mivau.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica/audiencia-e-informacion-publica-previa-sobre-borrador-del-plan-nacional-de-renovacion-de-los-edificios