Un mecanismo oficial para la evaluación y comparación de la eficiencia energética e integración de energías renovables en edificios y viviendas.

Evolución y objetivos del CEE

Actualmente, la certificación energética de los edificios es el mecanismo oficial tanto a nivel nacional como a nivel europeo, para la evaluación y comparación de la eficiencia energética e integración de energías renovables en los edificios.

A través de la directiva del Parlamento y del Consejo Europeo, su exigencia se transpone a nivel nacional en el RD 47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. En 2010 el ámbito de aplicación se amplía a todos los edificios, incluidos los existentes, y el RD 235/2013, de 5 de abril de 2013 establece para todos los edificios la obligación de presentar o poner a disposición de los compradores o arrendatarios el certificado de eficiencia energética de los inmuebles.[1]

Con el fin de alcanzar los objetivos de reducción de emisiones establecidos por la Comisión Europea, así como para adaptar sus exigencias a los actuales compromisos nacionales incluidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, y para dotar a la administración y a los ciudadanos de una herramienta clave para el desarrollo del Plan de Recuperación y Resiliencia se publica, finalmente, el RD 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios derogando el previo real decreto.

Pero ¿en qué consiste la calificación de eficiencia energética de un edificio o de una vivienda? Básicamente en conocer el consumo de energía y las emisiones de CO2 de esta, según los cuales se clasificará dentro de una escala que va desde la clase A, para los menos consumidores de energía, a la clase G, para los más consumidores.

Para obtener dicha calificación será necesaria la visita de un técnico competente, como un arquitecto, que analizará la envolvente de la vivienda, así como su superficie, su sistema de calefacción, refrigeración, calentamiento de agua, ventilación e iluminación calculando las emisiones de CO2 derivadas de dichos consumos y asociados a las necesidades de cada edificio o vivienda.

Una vez emitido el certificado, mediante uno de los programas oficiales (LIDER-CALENER – (HULC), CYPETHERM HE Plus, SG SAVE y el complemento CE3x[2]), este deberá registrarse por el técnico en la comunidad autónoma correspondiente con una validez máxima de diez años.


[1] https://www.idae.es/tecnologias/eficiencia-energetica/edificacion/calificacion-energetica-de-edificios

[2] https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/certificacion-energetica/documentos-reconocidos/procedimientos-certificacion-proyecto-terminados.html

Datos que recoge el CEE

En el certificado energético aparecen los datos de identificación del edificio, su referencia catastral, año de construcción, zona climática, orientación, uso del inmueble, condiciones de funcionamiento en el caso de que sea de uso terciario y su ocupación (número de personas que viven en cada una de las viviendas). La antigüedad del inmueble determinará unas condiciones constructivas asociadas al edificio en función de la normativa de aplicación en el momento de su construcción (la evolución de la normativa española comenzó en la década de los 70, especialmente relevantes fueron las NBE-CT-79, condiciones térmicas de los edificios ya que hasta ese momento no existía ninguna norma que regulase la calidad de la construcción en cuanto a materia energética se refiere[1]). Estas exigencias configurarían las soluciones constructivas adoptadas, siendo actualmente evidente el déficit en factores como el aislamiento de envolventes, espesores de fachada, tipo de carpinterías etc, que determinan la demanda y el consumo energético de la vivienda (difícilmente una vivienda anterior a 1979 sin rehabilitar podrá superar una calificación E en el certificado energético).

Con la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación en el año 2006 se establecieron nuevas exigencias de cumplimiento en edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad que mejoraron las envolventes y los sistemas de producción térmica, por lo que aquellos inmuebles construidos con posterioridad a esta fecha obtendrán una mejor calificación (entre una C y una B).

El certificado de eficiencia energética refleja todas estas circunstancias, además de las   características particulares de cada inmueble en los indicadores de consumo de energía que se considerarán necesarios para obtener unas condiciones de confort dentro de la vivienda, y en la demanda energética anual tanto de calefacción como de refrigeración de la vivienda bajo unas condiciones de funcionamiento y ocupación definidas previamente.


[1] https://passivhaus-paee.com/evolucion-de-la-normativa-en-construccion/

Indicadores de calificación

El consumo de energía necesario se muestra en una de las tablas de indicadores y califica con una letra de la A a la G y con un color, además del valor numérico en Kwh/m2 año. Este consumo además irá asociado a unas emisiones de dióxido de carbono en kgCO2/ m2 año, También existen otros indicadores complementarios de emisiones de CO2 y de demanda, según los servicios de calefacción, refrigeración, acs e iluminación.

A este análisis de las condiciones de consumo y demanda de la vivienda hay que añadir que el certificado genera un documento de medidas de mejora de la eficiencia energética que podrán definirse por el técnico certificador. También se da la posibilidad de realizar una estimación económica de la implantación de estas medidas. Esta información es muy valiosa en cuanto a que el propietario puede disponer de unas directrices que le guíen a la hora de acometer acciones de mejora de las condiciones energéticas de su vivienda.

Necesidad y obligatoriedad

Otro hecho importante es que se trata de un documento que sirve para demostrar cualquier mejora de la eficiencia energética de nuestra vivienda, comparando un CEE del momento anterior a las obras que hayamos podido realizar con un CEE posterior a las mismas, datos que son necesarios a la hora de solicitar ayudas en relación a la mejora de la eficiencia energética (ayudas del RD 853/2021, deducciones en el IRPF, PREE 5000 etc) y a la elaboración de documentos relacionados con nuestro edificio (ITE, LEE, LEEX), algunos de ellos de obligado cumplimiento.

Asimismo, el certificado es obligatorio para vender o alquilar un local, edificio o vivienda. Según la Sociedad de Tasación, una vivienda de más de 50 años incrementa su valor en un 25% de media tras ser rehabilitada, por lo tanto, un certificado de eficiencia energética realizado con rigor puede contribuir a realizar las obras precisas para obtener una mejora en la clasificación de la escala (de una E a una C por ejemplo), del confort y la habitabilidad y por lo tanto del valor patrimonial de nuestro inmueble.[1]


[1] https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2023/01/04/802947-ya-se-puede-consultar-el-certificado-energetico-de-cualquier-vivienda-en-mas-de-la

Datos de CEE en edificios e inmuebles

A cierre de 2021, en España había 4,6 millones de certificados energéticos de edificios. Cataluña ocupaba la primera posición de la clasificación autonómica, con 1,13 millones de certificados, seguida por Madrid y la Comunidad Valenciana, con 730.000 y 720.000 certificados, respectivamente. 4

En agosto de 2023, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) lanzó el geoportal Edificios Eficientes https://edificioseficientes.gob.es/es con información sobre los certificados energéticos de los edificios e inmuebles, tanto residenciales como del sector terciario, con una versión piloto en Castilla y León. 

Tras el éxito de la prueba, la herramienta ya incluye datos de 11 comunidades autónomas, entre ellas Aragón, y el Gobierno espera que el resto de las regiones incorpore sus datos próximamente. 

En Aragón, este último año se han realizado 14.436 certificados de eficiencia energética de los cuales un 57,72% han obtenido una calificación E, un 9,90% una calificación F y un 10,16 % una calificación G, lo que hace que más del 755 de los edificios analizados estén en la calificación E o por debajo de ella. Aun así, son buenos datos, teniendo en cuenta que en años anteriores el número de certificados fue inferior con 8.302 registros en 2020.[1]


[1] https://datos.gob.es/es/catalogo/a02002834-registro-de-certificacion-de-eficiencia-energetica-de-edificios-de-aragon

Técnico Competente

Una vez analizada la relevancia del proceso de redacción del certificado de eficiencia energética, ¿por qué es importante que este certificado se haya realizado de manera rigurosa y profunda por un arquitecto? porque el estudio y análisis del inmueble, de sus características constructivas y técnicas, así como de otros factores que le afectan, va a condicionar la calificación energética final. Hay que tener en cuenta que se trata de un documento que nos va a aportar una visión completa del estado actual de nuestro edificio o vivienda en cuanto a eficiencia energética se refiere y que marcará la naturaleza y prioridad de las actuaciones de mejora de dicha calificación. [1]


[1] https://www.coaaragon.es/Ventanilla/VU_RedArquitectos.aspx

Conclusiones

¿Por qué es importante que cada vez se hagan más certificados energéticos y que conozcamos en mayor medida los datos que hacen referencia al estado energético de nuestros inmuebles?, porque así conocemos la realidad en materia de eficiencia energética de nuestro parque edificatorio, porque nos permite conocer que medidas de mejora adoptar para mejorar nuestra calidad de vida y disminuir el coste de nuestras facturas, porque podemos ver el trabajo que queda por delante para cumplir con los objetivos marcados por la agenda europea (para 2030 todos los edificios de viviendas existentes tendrán una calificación energética mínima E, y para 2033 mínima de D), porque determinará el grado de cumplimiento y adaptación de los edificios a las exigencias hasta conseguir los objetivos de cero emisiones de 2050 y que tendremos que cumplir obligatoriamente, porque tanto compradores como vendedores verán revalorizados los edificios y viviendas que menos consuman y porque promueven las actuaciones en materia de eficiencia energética.

Así que ya no podremos decir aquello de que ¿para qué sirve un certificado de eficiencia energética?; a lo que alguien inmediatamente respondía que «para nada».

Amaia Saiz Beitia, responsable de OAR de Zaragoza.