El 7 de enero de 2026 se ha publicado un nuevo plazo de presentación de solicitudes para las ayudas relacionadas con la eficiencia energética correspondientes al Programa 4 (P4), de acuerdo con la ORDEN FOM/1875/2025, de 19 de diciembre, por la que se incrementa el crédito presupuestario de las ayudas previstas en la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio. Estas ayudas se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, regulado por el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1429600290303&type=pdf
Plazo de presentación de solicitudes
- Inicio: 13 de enero de 2026, a las 9:00 horas
- Fin: 3 de febrero de 2026, a las 23:59 horas
Actuaciones subvencionables y plazos de ejecución
- Se admitirán obras realizadas a partir del 20 de febrero de 2020.
- Las actuaciones deberán estar finalizadas y debidamente justificadas antes del 30 de junio de 2026.
Objeto del programa
El Programa 4 tiene por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, tanto:
- Viviendas unifamiliares
- Viviendas pertenecientes a edificios plurifamiliares
Siempre que constituyan la residencia habitual del beneficiario, arrendatario o usufructuario, circunstancia que deberá justificarse mediante certificado de empadronamiento o contrato de arrendamiento, según corresponda.
Tipos de actuaciones subvencionables
Entre las actuaciones que pueden acogerse a este programa se incluyen, entre otras:
- Sustitución de ventanas
- Aislamientos térmicos por el interior
- Mejora de la eficiencia energética en instalaciones de calefacción
- Sustitución de generadores de combustible fósil por otros basados en energías renovables
Las actuaciones subvencionables se detallan en la Sección 2.ª de la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio: https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1229596584444&type=pdf
Requisitos técnicos y energéticos
Serán subvencionables aquellas actuaciones realizadas en viviendas cuyo inicio sea posterior al 1 de febrero de 2020, siempre que permitan justificar uno o varios de los siguientes requisitos:
- Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 7 %.
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.
- Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y permeabilidad al aire establecidos en el Documento Básico DB HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación.
- No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustibles de origen fósil.
📌 Las carpinterías exteriores deberán justificar obligatoriamente el cumplimiento del requisito 3.
📌 Todas las actuaciones deberán cumplir el Código Técnico de la Edificación (CTE).
Cuantía de las ayudas
- Coste mínimo de la actuación: igual o superior a 1.000 € por vivienda.
- Importe de la subvención:
- 40 % del coste de la actuación.
- Límite máximo de 3.000 € por vivienda.
Documentación técnica y asistencia profesional
Estas ayudas requieren la aportación de documentación técnica obligatoria, que deberá ser redactada por un arquitecto, preferentemente el profesional que redacte y asuma las obras del proyecto o la memoria de la actuación.
El arquitecto podrá:
- Asesorar durante todo el proceso de rehabilitación y solicitud de ayudas.
- Elaborar la memoria de actuaciones subvencionables.
- Redactar los certificados de eficiencia energética.
- Preparar el resto de documentación exigida en el Anexo II del Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4).
- Tramitar, en su caso, la solicitud de ayudas en nombre del beneficiario.
Para localizar profesionales, puede acceder a la Red de Arquitectos del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón, donde encontrará un listado de arquitectos por especialidad y localización geográfica.
Información y contacto
Para cualquier duda o para recibir asesoramiento personalizado, puede contactar con la Red de Oficinas de Apoyo a la Rehabilitación del Colegio de Arquitectos de Aragón:
📞 Teléfono: 900 404 404
🕙 Horario: de 10:00 a 14:00 h
📧 Correo electrónico:
También podrá concertar una cita presencial para estudiar su caso concreto y recibir asesoramiento sobre las ayudas disponibles.

