El 7 de enero de 2026 se ha publicado un nuevo plazo de presentación de solicitudes para las ayudas relacionadas con la eficiencia energética correspondientes al Programa 4 (P4), de acuerdo con la ORDEN FOM/1875/2025, de 19 de diciembre, por la que se incrementa el crédito presupuestario de las ayudas previstas en la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio. Estas ayudas se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, regulado por el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1429600290303&type=pdf


Plazo de presentación de solicitudes

  • Inicio: 13 de enero de 2026, a las 9:00 horas
  • Fin: 3 de febrero de 2026, a las 23:59 horas

Actuaciones subvencionables y plazos de ejecución

  • Se admitirán obras realizadas a partir del 20 de febrero de 2020.
  • Las actuaciones deberán estar finalizadas y debidamente justificadas antes del 30 de junio de 2026.

Objeto del programa

El Programa 4 tiene por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, tanto:

  • Viviendas unifamiliares
  • Viviendas pertenecientes a edificios plurifamiliares

Siempre que constituyan la residencia habitual del beneficiario, arrendatario o usufructuario, circunstancia que deberá justificarse mediante certificado de empadronamiento o contrato de arrendamiento, según corresponda.


Tipos de actuaciones subvencionables

Entre las actuaciones que pueden acogerse a este programa se incluyen, entre otras:

  • Sustitución de ventanas
  • Aislamientos térmicos por el interior
  • Mejora de la eficiencia energética en instalaciones de calefacción
  • Sustitución de generadores de combustible fósil por otros basados en energías renovables

Las actuaciones subvencionables se detallan en la Sección 2.ª de la Orden VMV/1018/2022, de 4 de julio: https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1229596584444&type=pdf


Requisitos técnicos y energéticos

Serán subvencionables aquellas actuaciones realizadas en viviendas cuyo inicio sea posterior al 1 de febrero de 2020, siempre que permitan justificar uno o varios de los siguientes requisitos:

  1. Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 7 %.
  2. Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.
  3. Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y permeabilidad al aire establecidos en el Documento Básico DB HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación.
  4. No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustibles de origen fósil.

📌 Las carpinterías exteriores deberán justificar obligatoriamente el cumplimiento del requisito 3.
📌 Todas las actuaciones deberán cumplir el Código Técnico de la Edificación (CTE).


Cuantía de las ayudas

  • Coste mínimo de la actuación: igual o superior a 1.000 € por vivienda.
  • Importe de la subvención:
    • 40 % del coste de la actuación.
    • Límite máximo de 3.000 € por vivienda.

Documentación técnica y asistencia profesional

Estas ayudas requieren la aportación de documentación técnica obligatoria, que deberá ser redactada por un arquitecto, preferentemente el profesional que redacte y asuma las obras del proyecto o la memoria de la actuación.

El arquitecto podrá:

  • Asesorar durante todo el proceso de rehabilitación y solicitud de ayudas.
  • Elaborar la memoria de actuaciones subvencionables.
  • Redactar los certificados de eficiencia energética.
  • Preparar el resto de documentación exigida en el Anexo II del Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4).
  • Tramitar, en su caso, la solicitud de ayudas en nombre del beneficiario.

Para localizar profesionales, puede acceder a la Red de Arquitectos del Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón, donde encontrará un listado de arquitectos por especialidad y localización geográfica.


Información y contacto

Para cualquier duda o para recibir asesoramiento personalizado, puede contactar con la Red de Oficinas de Apoyo a la Rehabilitación del Colegio de Arquitectos de Aragón:

📞 Teléfono: 900 404 404
🕙 Horario: de 10:00 a 14:00 h

📧 Correo electrónico:

También podrá concertar una cita presencial para estudiar su caso concreto y recibir asesoramiento sobre las ayudas disponibles.